Concepto del CTCP sobre la presentación de declaraciones

Concepto del CTCP sobre la presentación de declaraciones

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El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) emitió el Concepto 0166 de 2021, en el que da respuesta a la siguiente pregunta:

“Como contadora, siempre le hace saber a su cliente sus obligaciones tributarias nacionales y distritales mes a mes, en que se hace referencia a las sanciones e intereses de mora, pero este hace caso omiso, ¿en este caso el contador qué responsabilidad tiene sobre este tema si se da el aviso correspondiente?”.

El CTCP manifiesta que es responsabilidad de los contadores que participan en la elaboración de información financiera el observar el cumplimiento de las afirmaciones relacionadas con la existencia de activos y pasivos a la fecha de corte, incluidos los relacionados con asuntos impositivos ante la autoridad tributaria (DIAN); así mismo, que todos los hechos económicos sean reconocidos, que los importes han sido presentados de manera apropiada y que han sido correctamente clasificados, descritos y revelados (art. 3 del Anexo 6 del DUR 2420 de 2015).

Sin embargo, aclara que de igual manera el responsable de la presentación de las declaraciones tributarias es la administración de la entidad; es decir, la responsabilidad por el cumplimiento de las obligaciones fiscales recae en el contribuyente o representante legal directo y no sobre el contador o revisor fiscal.

Ver: Concepto 0166 de 2021

Redacción INCP

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