Tarifa 2022 para el pago de contribuciones a la SuperSociedades

Tarifa 2022 para el pago de contribuciones a la SuperSociedades

Por medio de la Resolución 514-015009 de 2022*, la Superintendencia de Sociedades estableció la tarifa de la contribución correspondiente al año 2022 que cobrará a las sociedades sometidas a su vigilancia o control. Según lo dispuso en el artículo 44 de la Ley 1429 de 2010, los recursos necesarios para cubrir los gastos de funcionamiento e inversión que requiera la SuperSociedades provendrán de la contribución a cargo de las sociedades sometidas a su vigilancia y control. Dicha contribución consiste en una tarifa calculada sobre el monto de los activos totales que registren las sociedades a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior, o que figuren en el último balance general con corte a 31 de diciembre y que repose en los archivos de la SuperSociedades, sin perjuicio de la reliquidación de la contribución una vez sean recibidos los estados financieros correspondientes a la vigencia anterior.

Esta tarifa podrá ser diferente, según se trate de sociedades activas, en concordato, en reorganización, en acuerdo de reestructuración o en liquidación judicial o voluntaria. En ningún caso, la tarifa podrá ser superior al 1×1.000 del total de activos de las sociedades, asimismo, la contribución a cobrar a cada sociedad no podrá exceder el 1 % del total de las contribuciones, ni ser inferior a un Salario Mínimo Legal Mensual Vigente (SMMLV). En este sentido, en cumplimiento del artículo 49 de la Ley 1955 de 2019, el cual estableció que a partir del 1 de enero de 2020 todos los cobros, sanciones, multas, tasas, tarifas y estampillas establecidos con base en el SMMLV deberán ser calculados con base en su equivalencia en términos de UVT, el valor mínimo a cobrar por la contribución a las SuperSociedades será de 26,31 UVT, que corresponde a un millón de pesos para este año.

La SuperSociedades, considerando el presupuesto de funcionamiento e inversión aprobado, estableció para 2022 en once centavos ($0,11) por cada mil pesos ($1.000) de activos totales la tarifa de la contribución a cobrar a las sociedades sometidas a su vigilancia y control. Asimismo, estableció una tarifa diferencial de 26,31 UVT para las sociedades en reorganización empresarial, en acuerdo de restructuración, sociedades en concordato y en estado de liquidación judicial y voluntaria.

El plazo para el pago oportuno de la contribución irá hasta el 21 de septiembre de 2022. El no pago dentro de este plazo causará los intereses de mora aplicables al impuesto de renta y complementarios, conforme lo dispone el artículo 44 de la Ley 1429 de 2010 y el artículo 3 del Decreto 1736 de 2020.

Ver: Resolución 514-015009 de 2022

*“Por la cual se establece la tarifa de la contribución a cobrar a las sociedades sometidas a la vigilancia o control de la Superintendencia de Sociedades, correspondiente al año 2022”.

Redacción INCP

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