CTCP se refirió a la pérdida de información contable

Por medio del Concepto 0106 de 2023, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) respondió a una consulta sobre el caso de una empresa que perdió toda su información contable tras un hurto de los equipos y backup donde almacenaban dicha información. Así pues, el CTCP indicó que de conformidad con el Anexo 6 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, el ente económico, en primera instancia, debe hacer la denuncia de la pérdida, extravío o destrucción de sus libros y papeles ante las autoridades competentes. Por otro lado, los registros plasmados en los libros perdidos deben ser reconstruidos dentro de los seis meses siguientes a su pérdida, extravío o destrucción tomando como base las declaraciones tributarias, comprobantes de contabilidad, informes de terceros y demás documentos que se consideren pertinentes. De ser imposible la obtención de los documentos necesarios para reconstruir la contabilidad, el ente económico deberá realizar un inventario general a la fecha de ocurrencia de los hechos para elaborar los respectivos estados financieros.
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Redacción INCP