¿Qué documento se requiere para la liquidación de la licencia de paternidad?

¿Qué documento se requiere para la liquidación de la licencia de paternidad?

Por medio del Concepto 1051901 de 2023, la Superintendencia Nacional de Salud resolvió la siguiente inquietud relacionada con la licencia de paternidad:

¿Para el pago de la prestación económica por licencia de paternidad por parte de una Entidad Promotora de Salud (EPS) o entidad adaptada, es absolutamente perentorio entregar a ésta para su reconocimiento, liquidación y pago el registro civil de nacimiento del menor?

De conformidad con el artículo 2.2.3.2.7 del Decreto 1427 de 2022, la licencia de paternidad debe disfrutarse durante los 40 días siguientes a la fecha de nacimiento de menor o de la entrega oficial del menor que se ha adoptado, hecho que se acredita con el registro civil de nacimiento o acta de entrega oficial que debe ser presentado ante la EPS a más tardar dentro de los 30 días siguientes a la fecha del nacimiento o de la entrega oficial del menor adoptado.

Ahora bien, en lo que respecta a la liquidación y pago de las prestaciones económicas, el aportante deberá entregar a la EPS los siguientes documentos:

  • Registro civil de nacimiento del menor
  • El certificado de licencia de maternidad cuando el padre se encuentre afiliado a una EPS o entidad adaptada distinta a la de afiliación de la madre.
  • Solicitud de pago suscrita por el aportante a través del medio que establezca la entidad promotora de salud o la entidad adaptada.
  • Certificación bancaria con fecha de expedición no superior a 30 días calendario.

Para más detalles, consulte el concepto completo dando clic aquí.

Redacción INCP

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