¿Se deben firmar las notas de revelaciones de los estados financieros?

¿Se deben firmar las notas de revelaciones de los estados financieros?

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) emitió el Concepto No. 198 de 2024, en el cual absolvió la siguiente consulta acerca de la firma del contador público en las notas a los estados financieros.

¿Las notas de revelaciones a los estados financieros deben ir firmadas por el gerente general, contador y revisor fiscal?

Ante esto, el CTCP recordó que, de acuerdo con el artículo 36 de la Ley 222 de 1995*, los estados financieros estarán acompañados de sus notas, formando juntos un todo indivisible, por lo cual, su firma y certificación se extiende también a las notas. Es decir, la mencionada indivisibilidad implica que la certificación de los estados financieros incluye automáticamente a las notas que los acompañan.

Para más información, consulte el documento adjunto.

Ver: Concepto No. 198 de 2024 – CTCP

*Por la cual se modifica el Libro II del Código de Comercio, se expide un nuevo régimen de procesos concursales y se dictan otras disposiciones.

Redacción INCP