Reciente sentencia sobre los contratos de trabajo realidad

La Corte Suprema de Justicia (CSJ) publicó la Sentencia No. SL828 de 2024 donde examinó una apelación al reconocimiento de un contrato de trabajo realidad, destacando la importancia de la subordinación en la relación laboral. Es de recordar que un contrato de trabajo realidad es aquel que un juez declara como ‘laboral’ a pesar de que las partes hayan firmado otro tipo de contrato.
Según la entidad demandada, el contrato ejecutado correspondía a la prestación de servicios. No obstante, la CSJ afirmó que, para desvirtuar la existencia de un contrato laboral, la entidad que contrata tiene la responsabilidad de probar que no existió subordinación. En este sentido, no es suficiente que la entidad contratante muestre la existencia de un contrato de prestación de servicios, pues debe probar que el servicio prestado se desarrolló de manera autónoma e independiente.
Para más información, consulte el documento adjunto.
Ver: Sentencia No. SL828 de 2024 – CSJ
Redacción INCP