¿El tiempo de desplazamiento hacia el lugar de trabajo debe ser remunerado?
El Ministerio del Trabajo, mediante el Concepto 08SE2025120300000022884 de 2025, precisó que el tiempo de desplazamiento del trabajador desde su residencia al lugar habitual de trabajo no constituye tiempo laborado ni debe ser remunerado, incluso cuando el empleador suministre el transporte.
Mintrabajo indicó que la jornada laboral corresponde al tiempo durante el cual el trabajador está a disposición del empleador, conforme a lo pactado en el contrato de trabajo y el reglamento interno. En ese sentido, el trabajador debe encontrarse en su lugar de trabajo e iniciar sus funciones en el horario establecido, sin que el tiempo previo de traslado haga parte de dicha jornada.
En consecuencia, no debe ser remunerado ni como salario ordinario ni como horas extras, dado que no existe prestación efectiva del servicio.
Desplazamientos ordenados a lugares distintos sí generan remuneración
Sin embargo, cuando el empleador ordena al trabajador desplazarse a un sitio diferente al habitual para cumplir funciones, el tiempo de traslado sí debe ser reconocido. No obstante, dicho reconocimiento corresponde a salario ordinario proporcional al tiempo utilizado, sin que se configure trabajo suplementario o de horas extras, dado que se trata de una extensión del deber de disponibilidad y no de una mayor intensidad en la prestación del servicio.
Para más detalles, consulte el documento a continuación.
Ver: Concepto 08SE2025120300000022884 de 2025
Redacción INCP





