Las Pymes subordinadas de entidades de inversión podrán quedar exentas de consolidar estados financieros
El Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB, por sus siglas en inglés), durante su reunión del 28 de octubre de 2026, aprobó avanzar con modificaciones a la Norma Internacional de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Empresas (NIIF para Pymes) para ampliar la excepción a la obligación de preparar estados financieros consolidados cuando la entidad matriz sea una entidad de inversión.
Actualmente, la NIIF para Pymes permite que una subsidiaria quede exenta de consolidar sus estados financieros cuando su matriz, principal o intermedia, presenta estados financieros consolidados bajo las NIIF plenas o la NIIF para Pymes. Con la modificación aprobada, esta excepción se extenderá a los casos en los que la matriz sea una entidad de inversión que, conforme a la NIIF 10 – Estados financieros consolidados, mida sus subsidiarias al valor razonable con cambios en resultados, en lugar de consolidarlas.
La decisión se adoptó tras el proceso de consulta pública del proyecto de modificación, cuyo plazo para recibir comentarios finalizó el 9 de septiembre de 2026. Según el IASB, la propuesta recibió un amplio respaldo de los grupos de interés, y las observaciones recibidas permitieron incorporar requisitos adicionales de revelación.
En particular, las Pymes que utilicen esta excepción deberán revelar en sus estados financieros que se han acogido a ella e incluir información sobre su entidad matriz. La medida busca reducir los costos de preparación de información financiera y equiparar este beneficio con el disponible para las entidades que aplican las NIIF Plenas.
El IASB prevé emitir las modificaciones definitivas antes de finalizar 2026, las cuales serán aplicables a los periodos que comiencen a partir del 1 de enero de 2027, en concordancia con la entrada en vigor de la tercera edición de la NIIF para Pymes.
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Redacción INCP
