¿Cómo diferenciar en el reconocimiento posterior la propiedad, planta y equipo de la propiedad de inversión?
En ocasiones es complejo lograr diferenciar el reconocimiento de un activo considerado como propiedad, planta y equipo y uno como propiedad de inversión, ya que a simple vista los dos tipos de activos se asemejan tanto que pareciera que no existiese alguna diferencia. Por medio de la exención contenida en la sección 35 párrafo 10 literal c), el activo denominado propiedad, planta y equipo se debe medir a valor razonable y lo mismo ocurre para propiedad de inversión. Ahora, en razón de poder diferenciar cada uno de estos activos, se debe ver la clasificación que se les dará a continuación en Medición Posterior, en ese momento se notarán algunas variaciones las cuales darán pie para identificar a cada uno por separado.
Redacción INCP a partir de artículo publicado por AprendeNIIF.com – Por Edmundo Alberto Flórez Sánchez y Andrés Felipe Micolta
Para mayor información, puede referirse al artículo titulado “Diferencia en el reconocimiento posterior de Propiedad, planta y equipo y propiedades de inversión” de la fuente AprendeNIIF.com – Por Edmundo Alberto Flórez Sánchez y Andrés Felipe Micolta.
Diferencia en el reconocimiento posterior de Propiedad, planta y equipo y propiedades de inversión
En primera instancia pareciera que no existe ninguna diferencia por la segregación o separación entre un activo entendido como propiedad, planta y equipo y uno que se clasifique como propiedad de inversión, dado que la forma o modelo de medición que se use para cualquiera de las dos clasificaciones puede ser la misma, para las propiedades de inversión inicialmente se optará por medirlas al valor razonable, de igual forma para la propiedad planta y equipo la exención planteada en la sección 35 párrafo 10 literal c) (Valor razonable como costo atribuido) permite que se puedan medir al valor razonable, en ese sentido es muy probable que el valor por el cual se reconozca un bien en el estado de situación financiera de forma inicial no cambie porque se opte por clasificarlo como propiedad planta y equipo o propiedad de inversión.
Ahora bien, la medición posterior si tendrá variaciones dependiendo de la clasificación que se le pueda dar a un bien de cualquiera de las dos categorías.
Medición posterior– Propiedad de Inversión: es muy común que una propiedad de inversión tienda a valorizarse, y que por tal motivo se deba ajustar su valor razonable, a diferencia de la norma local, en donde se pueden las valorizaciones al patrimonio, bajo norma internacional este tipo de variaciones en las propiedades de inversión se deben de reconocer como una ganancia.
“16.7 Las propiedades de inversión cuyo valor razonable se puede medir de manera fiable sin costo o esfuerzo desproporcionado, se medirán al valor razonable en cada fecha sobre la que se informa, reconociendo en resultados los cambios en el valor razonable”.
Medición posterior – Propiedad Planta y equipo:
Los activos clasificados como propiedad planta y equipo se medirán inicialmente de cualesquiera de las formas que se plantean en la sección 35 Párrafo 10 Literales c) o d), o la Sección 17 párrafo 10, sin embargo la medición posterior deberá de ser igual al valor reconocido inicialmente, menos depreciación, Menos Deterioro, lo que quiere decir que la medición posterior de la propiedad planta y equipo, en ningún caso genera un incremento patrimonial.
Ahora bien, debemos tener en cuenta que hablamos del estándar NIIF para las PYMES vigente actualmente, pues a partir del 2017 (o antes si se acoge anticipadamente las enmiendas) existe como alternativa revaluar la Propiedad, planta y equipo con efecto en el patrimonio.
De lo anterior, se concluye que es importante tener en cuenta los requerimientos del estándar vigente que se está utilizando.
Fuente: AprendeNIIF.com – Por Edmundo Alberto Flórez Sánchez y Andrés Felipe Micolta