Corte Constitucional admite nuevamente demanda contra la tasa mínima de tributación

Corte Constitucional admite nuevamente demanda contra la tasa mínima de tributación

El 26 de junio de 2025, la Corte Constitucional admitió parcialmente una demanda presentada por Carlos Giovanny Rodríguez Vásquez, miembro de la Comisión Tributaria del Instituto Nacional de Contadores Públicos – INCP, y otros miembros de la firma Esguerra JHR, contra el parágrafo 6 del artículo 240 del Estatuto Tributario, modificado por el artículo 10 de la reforma tributaria (Ley 2277 de 2022*) en relación con la tasa mínima de tributación.

La demanda cuestionó la constitucionalidad del impuesto a adicionar que deben pagar ciertos contribuyentes cuando su tasa de tributación depurada (TTD) es inferior al 15 %. Según los demandantes, la norma genera una carga tributaria desigual para quienes presentan diferencias temporarias entre su contabilidad financiera y fiscal, ya que no existe un mecanismo que les permita compensar el mayor impuesto causado por dicha disparidad. Se argumenta que esto vulnera los principios de equidad horizontal, justicia tributaria e igualdad ante la ley, al imponer una obligación más gravosa a quienes tienen la misma capacidad contributiva.

La Corte admitió los cargos relacionados con estos principios, al considerar que los demandantes lograron sustentar la existencia de una ‘omisión legislativa relativa’**. No obstante, rechazó el cargo basado en la supuesta violación de los principios de no confiscatoriedad y propiedad privada, por falta de suficiencia argumentativa.

Como parte del proceso, la Corte ordenó la práctica de pruebas, la recolección de antecedentes legislativos y la consulta a entidades técnicas, académicas y al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, así como a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). También invitar a distintos gremios, entre los cuales se encuentra el INCP, para que emitan un concepto sobre los efectos contables y fiscales del impuesto a adicionar por la TTD y su posible inconstitucionalidad.

La admisión de esta demanda abre nuevamente el debate sobre los efectos fiscales de las diferencias temporarias y podría tener un impacto significativo en la interpretación y aplicación de la TTD en Colombia.

Para más detalles, consulte el documento a continuación:

Ver: Auto – demanda expediente D-16565

*Por medio de la cual se adopta una reforma tributaria para la igualdad y la justicia social y se dictan otras disposiciones.

** Ocurre cuando el Congreso sí ha regulado una materia, pero lo ha hecho de manera incompleta o insuficiente, generando una exclusión injustificada o discriminatoria que vulnera derechos fundamentales.

Redacción INCP


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