Facturas electrónicas deben cumplir con todos los requisitos para soportar costos y deducciones
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), mediante el Oficio 017002 del 28 de septiembre de 2026, publicado el 2 de octubre, reiteró que las facturas utilizadas para soportar costos y deducciones en el impuesto sobre la renta deben cumplir los requisitos legales para tener eficacia fiscal.
De acuerdo con el artículo 743 del Estatuto Tributario (E. T.), la idoneidad de las pruebas depende, en primer lugar, de las exigencias establecidas en la ley para demostrar determinados hechos. Por ello, cuando la normativa tributaria exige una factura para aceptar costos y deducciones, esta debe cumplir los requisitos previstos en los artículos 617 y 618 del E. T.
La DIAN explicó que una factura puede existir y servir como prueba de que ocurrió una operación económica, pero carecer de eficacia fiscal si no cumple los requisitos legales exigidos para aceptar la erogación. En consecuencia, demostrar que la operación fue real no garantiza, por sí solo, la aceptación del costo o la deducción en la declaración de renta.
Para más detalles, consulte el siguiente documento.
Ver: Concepto 017002 de 2026 – DIAN – INCP
Redacción INCP
