La compensación extingue las obligaciones de carácter tributario

La compensación extingue las obligaciones de carácter tributario

La compensación como forma de extinción de las obligaciones es aceptada en el ordenamiento jurídico tributario, por ello en relación con el beneficio en mención al ser un medio idóneo para cumplir con la obligación sustancial de pago del impuesto, es apta para acogerse a dicho beneficio.

[cryout-button-color url=»http://incp.org.co/Site/2015/info/archivos/concepto-7805-dian.pdf» color=»#47AFFF»]Concepto 7805 / 10-03-2015 / Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales[/cryout-button-color]

Tomado de: Notinet

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