Declaración Especial de Importación

Declaración Especial de Importación

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) exhibe un proyecto de resolución en el que se prescribe el formulario n.° 500 y se crea la Declaración Especial de Importación, la cual aplica para la nacionalización de mercancía cuando haya lugar a la autoliquidación del IVA. Este es un documento que ampara las operaciones de importación al territorio nacional desde zona franca permanente y permanente especial; debe tener:

  1. Datos del importador o agencia de aduana cuando actúe como declarante
  2. Código 9999999999 en la casilla de subpartida (inclusive cuando la mercancía a declarar corresponda a diferentes subpartidas)
  3. Descripción de la mercancía, en la casilla de descripción deben quedar registrados los números de los formularios en movimiento de mercancías
  4. Modalidad de importación

  1. Elementos para determinar el valor de aduanas y la base gravable del IVA

Así mismo, detalla que el importador deberá realizar el pago consolidado de los tributos aduaneros generados por la importación dentro de los cinco primeros días del mes siguiente al mes de presentación y aceptación de las declaraciones de importación. 

Usted podrá enviar sus comentarios sobre este proyecto de resolución hasta el 27 de enero a través del correo: subdir_comercio_exterior@dian.gov.co.

Ver: PR – Declaración Especial de Importaciones

Redacción INCP

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