Instrumento de la firma electrónica: autogestión del suscriptor

En un proyecto de resolución, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) modifica parcialmente la Resolución 000070 de 2016, la cual reglamenta el uso de la firma electrónica en la entidad con el fin de optimizar y facilitar los trámites.
El cambio se realiza en el artículo 2 de la Resolución, acerca del instrumento de firma electrónica señalando que la autogestión que el suscriptor adelante para el cumplimiento de obligaciones debe ser bajo las siguientes condiciones:
- Extender vigencia – Instrumentos de firma electrónica
- Si el suscriptor considera vulnerada la seguridad de su instrumento de firma electrónica
- Por pérdida de contraseña – identidad electrónica
Adicionalmente, el suscriptor deberá finalizar el proceso de renovación por autogestión de habilitación del instrumento 20 días calendario siguientes a la solicitud.
Usted podrá enviar sus comentarios sobre este proyecto de resolución hasta el 05 de febrero de 2020 mediante el correo: asistenciainterna@dian.gov.co
Redacción INCP