La tributación por presencia económica significativa ya rige en Colombia

La tributación por presencia económica significativa ya rige en Colombia

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) emitió un comunicado de prensa en el que recordó a los contribuyentes que las disposiciones de la reforma tributaria (Ley 2277 de 2022) sobre presencia económica significativa (PES) empezaron a regir en nuestro país desde el 1 de enero del presente año. Adicionalmente, la DIAN precisó lo siguiente:

¿Quiénes están sometidos a la tributación por PES?: personas no residentes y entidades no domiciliadas en Colombia por los ingresos originados de la venta de bienes y/o prestación de servicios a clientes y/o usuarios ubicados en el territorio nacional.

¿Cómo se tributa por PES?:

  • Opción 1: declarar y pagar el impuesto sobre la renta y complementarios en las oportunidades señaladas por el Gobierno Nacional. En este caso, el contribuyente debe elegir entre la no aplicación de la retención en la fuente o la aplicación de esta.
  • Opción 2: pagar este impuesto vía retención en la fuente.

¿Cómo inscribirse o actualizar el RUT con la responsabilidad de la tributación por PES?: las personas sometidas a la tributación por PES pueden pedir la inscripción o actualizar el registro único tributario (RUT) aportando los documentos exigidos en el numeral 11 del artículo 1.6.1.2.11. del Decreto 1625 de 2016.

¿Qué documentos se deben presentar para efectos de la tributación por PES?: en el caso de las personas naturales se necesita una copia del documento de identidad. En el caso de las sociedades y entidades, copia de los documentos que acrediten la existencia y representación legal (en español) debidamente apostillados o legalizados y copia del documento de identidad del representante legal.

Para más información, consulte el documento adjunto.

Ver: Comunicado de prensa PES – DIAN

Redacción INCP

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