Corte Constitucional se declaró inhibida sobre el tema de la retención en la fuente por dividendos

Corte Constitucional se declaró inhibida sobre el tema de la retención en la fuente por dividendos

La Corte Constitucional publicó el Comunicado No. 12 del 3 de abril de 2024, en el cual informa que mediante la Sentencia No. C-094 de 2024 se analizaron los cargos de inconstitucionalidad que se alegaban contra las disposiciones contenidas en los artículos 3, 42 y 44 de la Ley 2277 de 2022 (Reforma tributaria de 2022).

Así bien, la Corte analizó la inconstitucionalidad de las siguientes disposiciones normativas:

  1. El trato desigual en sujetos pasivos del régimen simple que se deriva de los artículos 42 y 44 de la reforma tributaria de 2022.
  2. El porcentaje de retención para dividendos establecido en el parágrafo del artículo 3 de la misma ley.

En relación con el primer cargo, cabe recordar que mediante la Sentencia No. C-540 de 2023 se declararon como inexequibles los artículos 42 y 44 de la reforma tributaria del 2022, por lo cual, en esta nueva sentencia la Corte decidió abstenerse a lo resuelto en dicha Sentencia y mantener su posición de inexequibilidad.

Respecto al segundo cargo, los demandantes argumentaron que la retención en la fuente del 15 % sobre los dividendos, establecida en el parágrafo del artículo 3 de la Ley 2277 de 2022, genera un pago superior a lo que se declara en renta, por lo que los contribuyentes estarán sometidos a solicitar saldos a favor, lo que genera una carga pública excesiva. Ante esto, la Corte decidió declararse inhibida, debido a que consideró que no se argumentó de manera adecuada cómo el porcentaje de retención ataca las disposiciones constitucionales discutidas por los demandantes.

Para más información, consulte el documento adjunto.

Ver: Comunicado No. 12 de 2024 – Corte Constitucional

Redacción INCP

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