¿Descuento tributario por donaciones de alimentos?

¿Descuento tributario por donaciones de alimentos?

El pasado 23 de abril fue radicado ante el Senado de la República el informe de ponencia para primer debate del proyecto de ley “Por la cual se promueve la donación de alimentos, la seguridad alimentaria y se aporta al objetivo de hambre cero en Colombia y se dictan otras disposiciones”.

Este proyecto normativo tiene como objetivo promover la donación de alimentos a los bancos de alimentos aptos para el consumo humano. Esta iniciativa beneficiará a bancos de alimentos constituidos como entidades sin ánimo de lucro del régimen tributario especial (RTE), así como a aquellos pertenecientes a iglesias o confesiones religiosas reconocidas por el Ministerio del Interior o por la ley, y a las asociaciones de bancos de alimentos.

Así bien, se propone establecer un descuento tributario en el impuesto sobre la renta y complementarios equivalente al 40 % del valor donado en el período gravable, con posibilidad de imputarse también en periodos siguientes.

En este sentido, se propone que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) presente un informe anual a las Comisiones Terceras y Cuartas de Cámara de Representantes y de Senado, con el objetivo de dar seguimiento a las disposiciones de la ley, además de exponer los resultados y datos sobre las donaciones realizadas durante la vigencia fiscal anterior.

Para más información, consulte el documento adjunto.

Ver: Informe Ley Hambre Cero – Congreso

Redacción INCP