Circular 002 de 2020: distribución del contingente de exportación de azúcar y panela

Circular 002 de 2020: distribución del contingente de exportación de azúcar y panela

Mediante la Circular 002 de 2020, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (MinCIT) modifica el numeral 2 “Solicitud de asignación” de la Circular 028 de 2019, que contiene la distribución del contingente de exportación de azúcar, panela y productos con contenidos de azúcar.

Esta circular especifica que la solicitud para la asignación del cupo en exportación de los grupos de azúcar y panela será realizada por el productor y soportada en las certificaciones 1. Fondo de Fomento Panelero o 2. Fondo de Estabilización de Precios del Azúcar. De igual manera, indicará el nivel de producción de cada uno de los productores. El grupo de panela se asignará por solicitud teniendo por cupo mínimo 20 toneladas.

En caso de no cumplirse los requisitos señalados en esta circular, no podrán darse asignaciones o reasignaciones del contingente.

Ver: Circular 002 2020

Redacción INCP

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