JCC propone actualizar la reglamentación de su función de inspección y vigilancia

La Junta Central de Contadores (JCC) publicó para comentarios un proyecto de resolución que derogaría la Resolución 000-014 de 2014 y actualizaría las reglas para el ejercicio de sus funciones de inspección y vigilancia. La propuesta no modifica las competencias legales de la entidad, pero incorpora herramientas tecnológicas y desarrolla un procedimiento más detallado para fortalecer estas actuaciones.
Uno de los principales cambios consiste en permitir expresamente que las diligencias de inspección se practiquen tanto de manera presencial como por medios electrónicos. Además, el proyecto regula con mayor detalle el procedimiento aplicable, al precisar la finalidad de estas actuaciones, las facultades de los funcionarios, los principios que las orientan, la posibilidad de solicitar información y documentos en formato físico o electrónico, y el valor probatorio de las actas de inspección.
La iniciativa también incorpora un modelo de vigilancia basado en el análisis de información. Con ese propósito, autoriza a la JCC a obtener, consolidar, administrar y analizar bases de datos provenientes de fuentes internas y externas de los inspeccionados para identificar riesgos, verificar el cumplimiento de las obligaciones legales y recopilar evidencia documental. Entre otras fuentes, podrán utilizarse bases de datos relacionadas con personas naturales y jurídicas que presten servicios contables, certifiquen o avalen información financiera, desarrollen actividades vinculadas con la ciencia contable o registren códigos CIIU asociados a estas actividades.
Como parte de este enfoque, el proyecto amplía las funciones del equipo de inspección y vigilancia, que además de practicar diligencias podrá gestionar y analizar información proveniente de entidades públicas y privadas que administren datos financieros o contables. Asimismo, establece que los hallazgos obtenidos podrán remitirse al Tribunal Disciplinario, al Comité de Registro o a la autoridad competente, según corresponda, para el inicio de las actuaciones a que haya lugar.
Las partes interesadas pueden enviar sus comentarios a los correos electrónicos comentariosres@jcc.gov.co y asesor.direccion@jcc.gov.co, hasta el 17 de julio de 2026.
Ver: Proyecto de Resolución Inspección y vigilancia – JCC – INCP
Redacción INCP
