Modificaciones al Decreto 2555 de 2019 sobre custodia de valores
A partir de un proyecto de decreto expuesto por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MinHacienda) se cambia el Decreto 2555 de 2010, relacionado con los servicios complementarios de la actividad de custodia de valores, y dicta disposiciones adicionales. En este se afirma que es esencial fortalecer la figura de la custodia de valores, la cual contribuye a la construcción de un mercado de valores en el que los agentes actúan con mayor eficiencia y confianza. Por consiguiente, el proyecto posibilita elevar los estándares de seguridad y transparencia en la gestión de portafolios entregados a custodia, así como la prestación de servicios complementarios adicionales a los obligatorios que ya se brindan.
Adicionalmente, modifica el numeral 2 del artículo 2.37.1.1.3 y le suma los numerales:
6 – Contabilidad del portafolio de valores custodiado: el custodio realizará labores relacionadas con la contabilidad del portafolio de valores custodiado atendiendo al marco técnico de información financiera vigente.
7- Reportes de información: el custodio elaborará los reportes técnicos con los datos e información conocida disponible.
8- Actividades relacionadas con la medición y análisis de riesgos: el custodio se encargará de prestar servicios de análisis y medición contemplando riesgos, revisiones y métodos de valoración.
9- Aspectos operativos de tesorería: el custodio realizará labores operativas de tesorería de acuerdo con las instrucciones del custodiado.
Si desea, puede comentar este proyecto de decreto hasta el 20 de diciembre de 2019, en este enlace.
Ver: Proyecto Decreto – Custodia de valores
Redacción INCP