Los gastos en las propiedades horizontales deben obedecer al presupuesto presentado por la administración
El CTCP señala que dispuesto en la Ley 675 de 2001, la Asamblea no puede disponer libremente de los dineros recaudados, pues los gastos deben obedecer a un presupuesto presentado por la Administración que debe aprobar la asamblea, además, parte de los recursos obtenidos se deben destinar a la conformidad del fondo de imprevistos descrito…
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