El INCP pide una contingencia sin condiciones para los contribuyentes afectados por fallas en el MUISCA

El INCP pide una contingencia sin condiciones para los contribuyentes afectados por fallas en el MUISCA

El día de ayer, 12 de agosto de 2024, inició el periodo de los vencimientos para la declaración del impuesto sobre la renta y complementarios de personas naturales correspondiente al año gravable 2023. Sin embargo, desde el pasado viernes 9 de agosto, la plataforma de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN (MUISCA) ha experimentado diversas fallas que han dificultado el normal diligenciamiento del Formulario 210 – Declaración de renta y complementario personas naturales y asimiladas residentes y sucesiones ilíquidas de causantes residentes y el Formulario 110 – Declaración de renta y complementario para personas jurídicas y asimiladas y personas naturales y asimiladas no residentes y sucesiones ilíquidas de causantes no residentes, o de ingresos y patrimonio para entidades obligadas a declarar.

Entre las incidencias reportadas por los contribuyentes y contadores públicos asesores de las personas naturales se encuentran:

  • Errores al firmar la declaración.
  • Largos tiempos de espera en la carga de la plataforma MUISCA.
  • Fallas al guardar el borrador de la declaración.
  • Inconsistencia en la información y cifras previamente guardadas.
  • Errores en el cálculo del impuesto neto de renta.
  • Caídas recurrentes de la plataforma MUISCA.

Desde el Instituto Nacional de Contadores Públicos – INCP, en representación de nuestros más de 24.000 asociados, le expresamos a la DIAN nuestra profunda preocupación por las fallas técnicas presentadas por la plataforma MUISCA. Consideramos que estos inconvenientes están generando una situación de incertidumbre, estrés y presión sobre los profesionales contables y los contribuyentes, quienes deben cumplir con un estricto calendario tributario sin la certeza de contar con una plataforma tecnológica eficiente.

En línea con lo anterior y con base en el comunicado de prensa emitido ayer por la DIAN, alrededor de las 4:00 p.m., le solicitamos a la administración tributaria que la contingencia declarada por indisponibilidad de los servicios de que trata el artículo 579-2 del Estatuto Tributario, aplique para todos los contribuyentes, sin estar condicionada a la presentación de una PQRSD o un borrador de la declaración, esto con el fin de evitar la materialización de riesgos asociados con la inseguridad jurídica de la presentación de las declaraciones de renta. De igual forma, en caso de que la contingencia persista, solicitamos aplazar los vencimientos de los demás contribuyentes afectados hasta que se informe que el servicio digital se encuentra estable para la presentación y firma de las declaraciones.

Ver: Solicitud a la DIAN – Declaración de contingencia

Redacción INCP