Lo cual evidencia un criterio inadmisible porque la contabilidad no necesariamente responde al ordenamiento jurídico (dejando a salvo el derecho contable correctamente concebido) sino a la técnica contable
Hernando Bermúdez Gómez
Tomado de CONTRAPARTIDA
Número 7928 Marzo 25 del 2024
Publicación del Departamento de Ciencias Contables de la Pontificia Universidad Javeriana