No hacer un nombramiento a tiempo es una negligencia del nominador por lo que resulta inadmisible que los efectos de su descuido recaigan en la contraparte contractual

No hacer un nombramiento a tiempo es una negligencia del nominador por lo que resulta inadmisible que los efectos de su descuido recaigan en la contraparte contractual

Hernando Bermúdez Gómez

Tomado de CONTRAPARTIDA

Número 7926 Marzo 25 del 2024

Publicación del Departamento de Ciencias Contables de la Pontificia Universidad Javeriana

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