Corte Constitucional declaró inexequible el Decreto Legislativo 1390 de 2025

Corte Constitucional declaró inexequible el Decreto Legislativo 1390 de 2025

El 9 de abril de 2026, mediante comunicado de prensa, la Corte Constitucional informó que declaró inexequible el Decreto Legislativo 1390 del 22 de diciembre de 2025 (Sentencia C-075 de 2026), por medio del cual se declaró estado de emergencia económica y social en Colombia.

La Corte concluyó que los hechos invocados para sustentar dicha declaratoria no cumplían con los requisitos constitucionales de ser sobrevinientes, extraordinarios e imprevisibles. En particular, señaló que razones como necesidades fiscales, obligaciones judiciales, restricciones presupuestales o la no aprobación de reformas tributarias corresponden a situaciones estructurales y previsibles, las cuales deben atenderse a través de los mecanismos ordinarios de política pública y legislativa.

Asimismo, indicó que algunos de los hechos alegados, como los problemas de seguridad, no son propios de un estado de emergencia económica, sino de otras figuras constitucionales (por ejemplo, conmoción interior). En esa misma línea, reiteró que la no aprobación de una ley de financiamiento hace parte del debate democrático y no constituye un hecho extraordinario.

Como consecuencia de esta decisión, el Decreto Legislativo 1390 de 2025 quedó sin efectos jurídicos al ser retirado del ordenamiento jurídico colombiano, impactando las medidas adoptadas en su desarrollo. En particular, los Decretos Legislativos 1474 de 2025[1] y 044[2] de 2026 continuarán sin producir efectos mientras la Corte adopta una decisión definitiva sobre su constitucionalidad.

Finalmente, la Corte precisó que esta decisión no afecta la emergencia económica, social y ecológica declarada el 11 de febrero de 2026 (Decreto 150 de 2026), ni las medidas tributarias posteriores establecidas en el marco de dicha emergencia: impuesto al patrimonio para personas jurídicas y alivios tributarios transitorios, entre otros.

Para más detalles, consulte los documentos a continuación.

Ver: Sentencia C-075 de 2026

Ver: Transmisión de prensa Corte Constitucional

Redacción INCP