DIAN modifica formatos de información exógena y ajusta plazos para grandes contribuyentes

DIAN modifica formatos de información exógena y ajusta plazos para grandes contribuyentes

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) expidió la Resolución No. 000012 del 29 de abril de 2026, mediante la cual modificó parcialmente la Resolución 000227[1] de 2025 en aspectos relacionados con el reporte de información tributaria. La norma introduce ajustes técnicos en algunos formatos y anexos utilizados para el suministro de esa información.

Entre los cambios más relevantes, la entidad dispuso que la casilla “Fecha de pago” deje de ser obligatoria en ciertos reportes, al considerar que en algunos casos no es posible establecer con certeza ese dato. Además, incorporó dos nuevos campos para la información sobre la enajenación de acciones, cuotas o partes de interés social o aportes que no cotizan en bolsa:

  1. La fecha de adquisición por parte del enajenante.
  2. La forma de enajenación.

No obstante, la DIAN precisó que esta nueva información solo será obligatoria a partir del año gravable 2027.

Además, la resolución establece plazos extraordinarios para la presentación de la información exógena del año gravable 2025 por parte de los grandes contribuyentes, correspondiente a la información a que se refiere el artículo 1.3.9.13 de la Resolución 000227 de 2025, fijando como fechas límite el 14, 15 y 19 de mayo de 2026 para los NIT terminados en 1, 2 y 3, respectivamente. La enajenación de acciones.

Para más detalles, consulta el documento a continuación.

Ver: Resolución No. 000012 del 29 de abril de 2026

Redacción INCP


[1] Por la cual se expide la resolución Única en Materia Tributaria, Aduanera y Cambiaria en lo de competencia de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN.