¿Es compatible una pensión por jubilación por parte del Estado y una por vejez de Colpensiones?

Cuando se trabaja para el Estado existe cierta normatividad especial aplicada, como la concerniente al reconocimiento de asignaciones que provengan del tesoro público. De este modo, de acuerdo con el artículo 128 de la Constitución Política, nadie puede desempeñar más de una empleo público ni recibir doble pensión exceptuando los casos del artículo 19 de…
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