El interés de mora para las cuotas de administración será de 1,5 veces el interés bancario corriente
El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP), por medio del Concepto No. 0001 de 2024, señaló que con relación al cobro de intereses de mora de los pagos de administración en propiedades horizontales, la mora se calcula a partir del día 1 del mes siguiente al mes de causación de la cuota y hasta…
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