Tercera adición al Concepto general sobre impuestos saludables

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) publicó una tercera adición al Concepto general sobre los impuestos saludables, que regirán a partir del primero de noviembre de 2023, donde resuelve algunos interrogantes acerca del impuesto a las bebidas ultraprocesadas azucaradas (IBUA) y el impuesto a los productos comestibles ultraprocesados industrialmente o con alto contenido de azucares añadidos, sodio o grasas saturadas (ICUI).
¿Cuáles son los presupuestos para que un producto se encuentre gravado con el ICUI?
Se debe tener en cuenta el artículo 513-6 del Estatuto Tributario (E.T.) donde se establecen los siguientes presupuestos en relación con los productos gravados:
- Que se trate de un producto comestible.
- Que sea considerado un producto ultraprocesado industrialmente; es decir, que sea elaborado a partir de sustancias derivadas de los alimentos o sintetizadas de otras fuentes orgánicas.
- Que tenga adicionado sal o sodio, azúcares y/o grasas y que los valores de dichos ingredientes correspondan a los indicados en la Ley 2277 de 2022.
¿El servicio de restaurante, cuando involucre el suministro de bebidas ultraprocesadas azucaradas o productos comestibles ultraprocesados, está gravado con los impuestos saludables?
Los impuestos saludables no incluyen la prestación de servicios como el de restaurante, por lo tanto, este no está sujeto al gravamen de los impuestos saludables.
¿Los impuestos saludables deben discriminarse en la factura de venta?
La DIAN aclara que los impuestos saludables deben ser discriminados teniendo en cuenta lo señalado en el parágrafo 3 del artículo 513-5 del E.T. para el IBUA, y en el parágrafo 3 del artículo 513-10 del E.T. para el ICUI.
¿Cómo se declaran y pagan los impuestos saludables?
Para el caso de las operaciones distintas a aquellas de comercio exterior, será necesario atender los artículos 513-12 y 513-13 del E.T., con lo cual los impuestos se declararán y pagarán bimestralmente teniendo en cuenta los plazos fijados anualmente por el Gobierno Nacional. En el caso de las operaciones de comercio exterior, estos impuestos se deben liquidar y pagar al momento de la liquidación y pago de los tributos aduaneros.
Para más información, consulte el documento adjunto.
Ver: Tercera adición al Concepto general sobre los impuestos saludables – DIAN
Redacción INCP