Bogotá reglamentó su mecanismo de Obras por Impuestos

La Alcaldía Mayor de Bogotá expidió el Decreto No. 054 del 6 de febrero de 2025, por medio del cual reglamentó el mecanismo de Obras por Impuestos del que trata el artículo 287 del Acuerdo 927 de 2024. Este decreto precisa las condiciones bajo las cuales los contribuyentes del distrito podrán financiar y ejecutar proyectos de inversión en compensación de sus obligaciones tributarias.
Los proyectos deberán estar alineados con los objetivos del Plan de Desarrollo Económico, Social y de Obras Públicas del Distrito Capital y cumplir con los lineamientos técnicos que establecerá el Manual Operativo del Mecanismo de Obras por Impuestos (MOMOI) a expedirse dentro de los próximos seis meses.
El mecanismo está dirigido a los sujetos pasivos de los impuestos distritales, tanto personas naturales como jurídicas, que sean contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios, y que en el periodo gravable anterior hayan obtenido ingresos brutos iguales o superiores a 33.610 UVT (COP $1.581.855.000 para 2024).
Para ejecutar las obras, los contribuyentes deberán celebrar convenios con entidades públicas del nivel distrital. A cambio, recibirán Títulos para la Renovación del Territorio Distrital (TRTD), los cuales podrán usarse en un plazo máximo de dos años para el pago de impuestos distritales o negociación en el mercado.
Para más información, consulte el documento adjunto.
Ver: Decreto No. 054 del 6 de febrero de 2025 – Alcaldía de Bogotá
Redacción INCP