Se reglamentaría la disolución de las ESAL que no cumplan con sus obligaciones formales

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (MINCIT) publicó para comentarios un proyecto de decreto* que propone reglamentar el artículo 86 de la Ley 2294 de 2023** Plan Nacional de Desarrollo (2022–2026), en en relación con el procedimiento para la disolución y cancelación de las entidades sin ánimo de lucro (ESAL) que no cumplan con sus obligaciones de registro o información.
La propuesta normativa establece los criterios para que las autoridades de inspección, vigilancia y control declaren de oficio la disolución de las ESAL que:
No se hayan registrado ante la cámara de comercio en los 12 meses siguientes a la entrada en vigor de la Ley 2294 de 2023.
- No hayan renovado su matrícula mercantil durante 3 años consecutivos.
No hayan enviado la información solicitada por la autoridad de inspección, vigilancia y control (IVC) durante 3 años consecutivos.
EL MINCIT recibirá comentarios sobre este proyecto hasta el 19 de junio de 2025 a través de los correos electrónicos ammorales@supersociedades.gov.co y direccionjuridica@mininterior.gov.co.
Para más detalles, consulte el documento a continuación.
Ver: Proyecto de decreto – disolución ESAL – MINCIT
*”Continuación del Decreto Por el cual se reglamenta el artículo 86 de la Ley 2294 de 2023”.
**”Por el cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 Colombia potencia mundial de la vida”.
Redacción INCP