MINCIT definió los aspectos operativos del Certificado de Reembolso Tributario – CERT

MINCIT definió los aspectos operativos del Certificado de Reembolso Tributario – CERT

El Gobierno Nacional expidió el Decreto 0952 de 2025*, el cual modifica al Decreto 566 de 2025**, estableciendo las instrucciones operativas del Certificado de Reembolso Tributario (CERT) como instrumento de apoyo a las exportaciones.

Recordemos que el CERT es un beneficio fiscal que le permite a las empresas recibir un reembolso parcial del valor pagado en impuestos en la exportación de bienes y servicios. El objetivo de este beneficio es estimular la producción nacional y mejorar la competitividad en los mercados internacionales.

Entre las principales disposiciones que establece el mencionado decreto se destacan:

  • Reconocimiento del CERT por el 3 % del valor FOB de la exportación de bienes y del 2 % del valor de la exportación de servicios.

  • La vigencia del CERT tendrá un periodo de dos años desde su expedición y podrá negociarse o usarse para el pago de impuestos dentro de ese plazo.

  • Se establece que la liquidación del beneficio se hará en pesos colombianos, aplicando la Tasa Representativa del Mercado (TRM) vigente al momento de la exportación o de la factura electrónica, según corresponda.

  • Se amplía a cinco meses el periodo de transición para que el MINCIT, los intermediarios financieros y el Depósito Central de Valores implementen los procesos técnicos y administrativos requeridos.

El decreto entró en vigor el pasado 30 de agosto de 2025, buscando garantizar que los exportadores cuenten con reglas claras y plazos suficientes para acceder al beneficio.

Para más información, consulte el documento continuación.

Ver: Decreto 0952 de 2025 – MINCIT

*Por el cual se modifica parcialmente el Decreto 566 de 2025

** Por el cual se reglamenta el Certificado de Reembolso Tributario (CERT)

Redacción INCP


HTML Snippets Powered By : XYZScripts.com