Flexibilización de requisitos para la emisión en el mercado de capitales
La Superintendencia Financiera de Colombia (Superfinanciera) socializó sus nuevas instrucciones orientadas a dinamizar el mercado de capitales y facilitar el acceso de más empresas a la bolsa de valores como fuente alternativa de financiación.
A través de la Circular Externa 011 de 2025, la entidad flexibilizó los requisitos para quienes deseen emitir y colocar valores, restableciendo criterios diferenciales para reconocer a los participantes como emisor conocido o emisor recurrente.
Esta medida busca ampliar la base de emisores y permitir que más sociedades ingresen al mercado de valores mediante la oferta de instrumentos como acciones, bonos o títulos derivados de titularizaciones. Según la Superfinanciera, la flexibilización regulatoria permitirá realizar estos procesos de manera más ágil y aprovechar mejor las ventanas de oportunidad que generan las condiciones del mercado, como las variaciones en tasas de interés o el apetito de los inversionistas.
Procesos más rápidos para emisores nuevos y antiguos
El nuevo esquema establece tiempos reducidos para la revisión y autorización de solicitudes:
Los nuevos emisores que soliciten ser catalogados como emisores conocidos podrán recibir respuesta de la Superfinanciera en un plazo máximo de 30 días hábiles, tanto para la inscripción y oferta pública de valores como para el reconocimiento de dicha calidad.
Una vez adquirida esta condición, las nuevas emisiones podrán autorizarse en un máximo de 15 días hábiles tras la presentación completa de los documentos requeridos.
Los emisores que ya participan en el mercado y cumplan las condiciones para ser catalogados como emisores recurrentes también podrán solicitar esta calidad. En estos casos, las nuevas emisiones podrán obtener autorización en un máximo de 5 días hábiles después de radicar la documentación completa ante la Superfinanciera.
Para más información, consulte el documento a continuación.
Ver: Circular Externa 011 de 2025 – Superfinanciera
Ver: Anexos Circular Externa 011 de 2025 – Superfinanciera
Redacción INCP





