Superfinanciera impartió instrucciones para atender efectos de la emergencia económica

Superfinanciera impartió instrucciones para atender efectos de la emergencia económica

La Superintendencia Financiera de Colombia (Superfinanciera), mediante la Circular Externa No. 005 de 2026, impartió instrucciones transitorias dirigidas a establecimientos de crédito, entidades aseguradoras, el Fondo Nacional de Garantías (FNG) y Finagro, como administrador del Fondo Agropecuario de Garantías (FAG), en desarrollo del Decreto 244 del 12 de marzo de 2026[1].

Recordemos que el Decreto 244 de 2026 estableció medidas extraordinarias y transitorias para facilitar el acceso al crédito y aliviar las obligaciones financieras de las unidades productivas afectadas por la emergencia económica, social y ecológica declarada por el Decreto 150 del 11 de febrero de 2026.

De acuerdo con la circular, las entidades vigiladas deberán:

  • Adoptar políticas y procedimientos para identificar a los consumidores financieros cuya capacidad de pago o situación económica se haya visto afectada.
  • Establecer mecanismos para ubicar los productos financieros respecto de los cuales puedan presentarse reclamaciones. .
  • Losos establecimientos de crédito podrán implementar programas de alivio y refinanciación para obligaciones contraídas antes de la emergencia, así como programas de acceso al crédito y desembolso de nuevos créditos para personas naturales y jurídicas afectadas.

La Superfinanciera también estableció reglas especiales sobre calificación de créditos, ejecución de garantías del FNG y el FAG, atención a tomadores de seguros, continuidad en la prestación de servicios financieros y atención de consumidores. Asimismo, dispuso que las entidades deberán informar de manera clara las condiciones de las medidas de apoyo, ofrecer canales especiales de atención y reportar a la Superfinanciera la información sobre refinanciaciones, nuevos créditos, siniestros e indemnizaciones.

Estas instrucciones se unen a las medidas impartidas el pasado 19 de marzo por medio de la Circular Externa 003 de 2026 en el marco de la emergencia declarada por el Decreto 150 de 2026.

La Superfinanciera precisó que Circular 005 de 2026 circular empezó a regir desde el 16 de abril y estará vigente durante el estado de emergencia y por los 90 días calendario siguientes a su finalización.

Para más detalles, consulte el documento adjunto.

Ver: Circular Externa No. 005 de 2026 – Superfinanciera

Redacción INCP


[1] Por el cual se adoptan medidas para conjurar la crisis ocasionada por la emergencia económica, social y ecológica declarada por el Decreto 0150 de 11 de febrero de 2026, a través de instrumentos de garantía de crédito que promuevan la financiación de unidades productivas afectadas por la emergencia.