DIAN ajustó los vencimientos tributarios de julio por nuevo festivo nacional

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), mediante el Comunicado de Prensa No. 092 del 2 de julio de 2026, informó que modificó los vencimientos tributarios previstos para julio como consecuencia de la expedición de la Ley 2578 de 2026, que incorporó un nuevo día festivo al calendario oficial del país.
El ajuste aplica para las siguientes obligaciones:
- Impuesto nacional al consumo.
- Segunda cuota del impuesto sobre la renta de personas jurídicas.
- Presentación y pago del anticipo del Régimen Simple de Tributación.
- IVA bimestral.
- Retención en la fuente.
De acuerdo con el nuevo calendario, los vencimientos quedaron así:
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Último dígito del NIT |
Día de vencimiento |
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1 |
9 de julio |
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2 |
10 de julio |
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3 |
14 de julio |
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4 |
15 de julio |
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5 |
16 de julio |
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6 |
17 de julio |
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7 |
21 de julio |
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8 |
22 de julio |
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9 |
23 de julio |
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0 |
24 de julio |
Por su parte, los responsables de los impuestos saludables, el impuesto nacional a la gasolina y al ACPM, el impuesto nacional al carbono y el IVA a cargo de prestadores de servicios desde el exterior, así como de personas no residentes o entidades no domiciliadas con presencia económica significativa (PES), deberán cumplir sus obligaciones a más tardar el 15 de julio, sin que resulte aplicable el calendario según el último dígito del NIT.
La DIAN recordó que los demás vencimientos previstos en el calendario tributario de 2026 permanecen sin modificaciones.
No dejes pasar ningún vencimiento con el Calendario Tributario 2026 del INCP.
Ver: Comunicado de Prensa No. 092 del 2 de julio de 2026 – DIAN – INCP
Redacción INCP
