La contabilidad relacionada con el manejo de cartera debe seguir aplicándose de acuerdo a la NIC 39.
Respecto del manejo de cartera bajo normas NIIF, el artículo 2 del Decreto 1851 de 2013 establece que el registro contable de la cartera de crédito y su deterioro debe ser efectuado bajo las disposiciones contenidas en la NIC 39, hasta tanto entre en vigencia la nueva versión de la Norma Internacional de Información Financiera NIIF No. 9; en cuanto a la contabilidad de coberturas esta solo tiene lugar cuando hay desfases temporales en la causación del cambio de valor de la partida cubierto y el instrumento de cobertura.
Ver concepto 1037 / 2016-09-09 / Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Fuente: Notinet