La acreditación global de Operador Económico Autorizado se habilitaría para las instalaciones portuarias

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) presenta un proyecto de resolución que supone adiciones del artículo 3 y literales, sobre la Resolución 000015 del 17 de febrero de 2016, siendo esta última, la que reglamenta la acreditación global de Operador Económico Autorizado (OEA), que se otorga a una entidad aduanera por la seguridad en su cadena de suministro. Las adiciones de los literales, que gestaría el proyecto se enlazan a las autorizaciones, registros y conceptos emitidos por autoridades de control, con las que debe contar la sociedad portuaria para codificarse dentro de la calidad OEA; la entidad debe demostrar que cuenta con:
- Concesión portuaria
- Habilitación de entrada y salida de mercancías bajo el control aduanero
- Documento de cumplimiento proferido por la Dirección General Marítima
- Resolución de aprobación del Reglamento de Condiciones Técnicas de Operación (RCTO)
Igualmente se especifica que, para posibilitar la concesión portuaria que vincula la ocupación y uso de forma temporal y exclusiva de las zonas de la nación donde operan puertos por parte de la sociedad, esta, no puede estar sujeta a sanciones de incumplimiento en las condiciones de seguridad por parte de la Superintendencia de Transporte (Supertransporte). Adicional a ello, se resalta que la verificación de los acuerdos de pago, atados a deudas exigibles por las autoridades de control es llevada a cabo por la dependencia respectiva de Supertransporte.
Desde otro punto, el articulo 3 a adicionar, consolida los requisitos mínimos para solicitar y mantener la calidad OEA para instalaciones portuarias vinculando: el análisis y administración de riesgos, asociados de negocio, las seguridades de los contenedores, los controles de acceso de personal junto con los vehículos de carga y particulares, la seguridad de la planta física, del personal y procesos, entre otras. Finalmente, usted podrá realizar sus comentarios sobre este proyecto de resolución, hasta el 10 de octubre de 2019, a través del correo: oeacolombia@dian.gov.co
Ver: Proyecto Resolución – OEA
Redacción INCP