Tasas de tramitación para los procedimientos de propiedad industrial

El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (MinCIT) dio a conocer la Resolución 50576 de 2019, que modifica el capítulo primero – Parte general del Titulo x de la Circular Única, fijando las tasas de tramitación de los procedimientos relacionados con la propiedad industrial; se detallan las tasas de propiedad industrial atadas a solicitudes nacionales e internacionales en compañía de las tasas de signos distintivos.
La resolución aclara, que el valor de las tasas deberá ser cancelado previamente a la radicación de la solicitud respectiva y que dicho monto, comprende la tasa de mantenimiento de la solicitud en trámite; las tasas relacionadas con nuevas creaciones y servicios prestados por el Centro de Información Tecnológica y Apoyo a la Gestión de la Propiedad Industrial (CIGEPI) considera una reducción del 25%, para:
- Personas naturales que carezcan de medios económicos
- Micros, pequeñas y medianas empresas (MiPymes) formalmente constituidas
- Entidades sin ánimo de lucro con un objeto social centrado a la investigación científica y tecnológica
- Instituciones de educación superior
También se destinan reducciones a las tasas por concepto de capacitación mediante el Aula de Propiedad Industrial (API), y por orientación en materia de propiedad industrial apoyada en el CIGEPI o en el Centro de Apoyo de la Tecnología e Innovación (CATI).
Redacción INCP