Modificaciones a artículos del Decreto 1074 de 2015
Mediante el Decreto 200 de 2020, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo (MinCIT) efectúa cambios en los artículos 2.2.2.17.3.1. 2.2.2.17.3.2. y 2.2.2.17.5.10. del Decreto 1074 de 2015, en lo concerniente al Registro Abierto de Avaluadores (RAA), así:
- 2.2.17.3.1 à La entidad reconocida de autorregulación podrá optar por desarrollar funciones básicas de autorregulación y solicitar el reconocimiento de llevar el RAA. Comprende la administración, el mantenimiento y la implementación de la plataforma.
- 2.2.17.3.2 à La base de datos única en la que se lleve el registro debe ser operada por una persona jurídica habilitada o contratada por las entidades reconocidas de autorregulación, las cuales están encargadas de alimentar la base de datos en proporción.
- 2.2.17.5.10 à La supervisión y terminación del reconocimiento debe hacerse por una orden de cierre temporal de una entidad reconocida de autorregulación.
Ver: Decreto 200 2020
Redacción INCP