La AFP debe reconocer la incapacidad laboral del trabajador hasta que se dicte dictamen de pérdida de capacidad laboral

La AFP debe reconocer la incapacidad laboral del trabajador hasta que se dicte dictamen de pérdida de capacidad laboral

989bEl trabajador incapacitado tiene derecho a que la E.P.S a la cual se encuentre afiliado, le reconozca y pague las incapacidades laborales generadas enfermedad de origen común hasta los 180 días. De este modo a partir del día 181 el pago de la misma se encuentra a cargo de la respectiva A.F.P. a la cual se encuentra afiliado el trabajador, hasta el tiempo en que se dicte el respectivo dictamen de pérdida de capacidad laboral.

 [cryout-button-color url=»http://www.incp.org.co/Site/2015/info/archivos/concepto-948101.pdf» color=»#00aeef»]Concepto 948101 / 01-06-2015 / Ministerio de Salud y Protección Social[/cryout-button-color]

 

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 Tomado de: Notinet

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