Este sería el calendario tributario para 2021
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público ha dado a conocer un proyecto de decreto* que propone los lugares y plazos para el cumplimiento de las obligaciones tributarias sustanciales y formales en el año 2021:
- Impuesto sobre la renta y complementarios
- Declaración anual de activos en el exterior
- Declaración informativa y documentación comprobatoria de precios de transferencia
- Impuesto sobre las ventas (IVA)
- Impuesto nacional al consumo
- Retención en la fuente
- Impuesto nacional a la gasolina y al ACPM
- Impuesto nacional al carbono
- Gravamen a los movimientos financieros (GMF)
- Impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación
- Impuesto al patrimonio
Este proyecto de decreto está dirigido a los contribuyentes, agentes de retención y responsables obligados a presentar y/o pagar declaraciones por los diferentes impuestos que administra la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).
Usted podrá realizar comentarios sobre el proyecto de decreto hasta el 20 de noviembre de 2020 mediante este enlace.
Ver: Proyecto de Decreto
*“Por el cual se reglamentan los artículos 260-5, 260-9, 292-2, 298, 298-1, 298-2, 298- 8, 356-3, 364-5, 378, 381, 512-1, 512-6, 555-2, 579, 579-2, 580, 588, 591, 592, 595, 596, 599, 600, 602, 603, 605, 606, 607, 800, 803, 811, 876, 877, 910 y 915 del Estatuto Tributario, artículo 170 de la Ley 1607 de 2012, artículos 221, 222 y parágrafo 7 del artículo 238 de la Ley 1819 de 2016, se modifica el epígrafe y se sustituyen unos artículos de la Sección 2 del Capítulo 13 del Título 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria”.
Redacción INCP





