Abecé: actualización del RUT para pensionados

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) a través de un abecé respondió a las preguntas más frecuentes relacionadas con la actualización del Registro Único Tributario (RUT) para pensionados. Entre otras cosas, se aclara que deben realizar la actualización aquellos pensionados que se encuentren inscritos en el RUT, es decir, todas las personas naturales que tengan ingresos provenientes de una pensión, bien sea de jubilación, invalidez, vejez, de sobrevivientes y sobre riesgos laborales, así como de indemnizaciones sustitutivas de las pensiones o de devoluciones de saldos de ahorro pensional, independientemente de que se encuentren obligados a declarar renta o no. El nuevo código de actividad será el 0020 – Pensionados. El abecé también responde a cuestiones particulares como las siguientes:
- ¿Si soy pensionado pero no tengo RUT, debo inscribirme ante la DIAN con la nueva actividad económica?
- Soy pensionado y mi tope de ingresos no supera el monto para declarar renta, pero mi patrimonio sí lo excede. ¿Qué debo hacer?
- ¿Si soy pensionado y adicionalmente reporto otros ingresos debo hacer la actualización del RUT con la nueva actividad económica?
- Si soy pensionado y también asalariado, pero como asalariado tengo mis mayores ingresos, ¿qué actividad económica principal debo reportar? ¿Debo cambiarla?
- Si soy pensionado y estoy inscrito en el RUT, pero tengo otra actividad económica y no declaro renta, ¿debo informar la actividad de pensionado?
En cuanto a la actualización automática del RUT, la DIAN ha informado que se encuentra evaluando los diferentes escenarios sobre los cuales se realizará la actualización de oficio a los pensionados, a partir de la información que ha sido reportada en las declaraciones de renta del año gravable 2019. Tras esa evaluación, se informará a las personas -a través de los canales oficiales- cuando se les haga actualización automática. En caso de que el RUT no sea actualizado de oficio, se deberá realizar el procedimiento a través de la autogestión y los servicios en línea de la DIAN.
Para mayor información y/o consultar las respuestas a preguntas relacionadas con el trámite, consulte el abecé a continuación:
Ver: Abecé Pensionados
Redacción INCP