Si esta no lo concede sencillamente el profesional de la contabilidad debe abstenerse de opinar, lo que tiene que hacerse por escrito, debido a la falta de evidencia válida suficiente para obrar de otra manera.
Hernando Bermúdez Gómez
Tomado de CONTRAPARTIDA
Número 5624 febrero 08 de 2021
Publicación del Departamento de Ciencias Contables de la Pontificia Universidad Javeriana