Modificación de la vigencia de las garantías globales para el mantenimiento del reconocimiento en usuarios aduaneros

Modificación de la vigencia de las garantías globales para el mantenimiento del reconocimiento en usuarios aduaneros

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) informó que −de acuerdo con lo establecido en el parágrafo del artículo 2 del Decreto 436 de 2020− los usuarios aduaneros permanentes y altamente exportadores que tengan aprobada su garantía con una vigencia igual o superior al 30 de noviembre de 2021 e inferior al 28 de febrero de 2022 deben radicar dentro de los cinco días siguientes a la publicación de la Resolución 1315 de 2021 del Ministerio de Salud (prórroga de la emergencia sanitaria) la modificación de la vigencia de su garantía por el término de la prórroga y tres meses más, es decir, hasta el 28 de febrero de 2022. Esto debe ser ejecutado ante la Subdirección de Gestión de Registro Aduanero.

Por otra parte, aquellos usuarios que tengan aprobada garantía con una vigencia igual o superior al 28 de febrero de 2022 no deberán modificarla.

Esto con el fin de continuar con su registro aduanero so pena de quedar sin efecto sin necesidad de acto administrativo que así lo declare.

Ver: Comunicado DIAN Modificación Garantías

Redacción INCP

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

HTML Snippets Powered By : XYZScripts.com