MinCIT quiere identificar actos administrativos obsoletos
El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo abrió un canal para que gremios, empresarios, académicos, autoridades, expertos y usuarios informen sobre actos administrativos que consideren obsoletos e inciden negativamente sobre la actividad productiva. Un acto administrativo es obsoleto cuando carece de claridad, es decir, que no instruye a los administrados sobre cómo cumplir sus obligaciones legales o impone mecanismos que no son eficientes. Además, se puede terminar de identificar la obsolescencia con la duplicidad normativa —dos o más disposiciones que cumplen la misma función— y la transitoriedad, que se refiere a aquellos artículos o normas que, aunque solo eran aplicables durante un periodo que ya terminó, todavía no han sido debidamente derogadas. La plataforma habilitada para recoger la información está disponible del 7 al 21 de marzo. Para ingresar, de clic aquí.
Redacción INCP a partir del artículo publicado por MinCIT
Para más información puede consultar el artículo «Importantes precisiones sobre los Facturadores Electrónicos» publicado por la DIAN.
Estado Simple, Colombia Ágil: sector Comercio, Industria y Turismo abre canal para identificar actos administrativos obsoletos
Las entidades del sector de Comercio, Industria y turismo, encabezadas por el Ministerio, abrieron un canal para que gremios, empresarios, académicos, autoridades, expertos, ciudadanos y usuarios informen sobre actos administrativos que consideren obsoletos e incidan negativamente sobre la actividad productiva.
Como parte de la estrategia Estado Simple, Colombia Ágil, se habilitó un formulario en línea http://servicios.mincit.gov.co/NormasAAO/login.php para recibir la información.
“Queremos que los interesados, quienes manejan en sus rutinas diarias problemas derivados de actos administrativos obsoletos, nos ayuden a identificarlos de manera que podamos trabajar en mecanismos jurídicos para derogarlos o modificarlos. Ese es uno de los ejes de Estado Simple, Colombia Ágil: hacerles la vida más fácil a los colombianos, por medio de mejora regulatoria y depuración normativa”, señaló la ministra de Comercio, Industria y Turismo María Ximena Lombana.
Un acto administrativo puede ser obsoleto cuando carece de claridad, es decir, que no instruye a los administrados sobre cómo cumplir sus obligaciones legales o impone mecanismos que no son eficientes.
La condición también se da cuando la regulación vigente corresponde a circunstancias que ya no existen por la evolución del mercado o de la tecnología.
Dos criterios adicionales que ayudan a identificar la obsolescencia son la duplicidad normativa —dos o más disposiciones que cumplen la misma función— y la transitoriedad, que se refiere a aquellos artículos o normas que, aunque solo eran aplicables durante un periodo que ya terminó, todavía no han sido debidamente derogadas.
La plataforma estará habilitada para recoger la información entre el 7 y el 21 de marzo. Puede participar cualquier persona que tenga observaciones a los actos administrativos expedidos por entidades del sector de Comercio, Industria y Turismo.
Una vez recibida la información habrá una evaluación de las propuestas y, de acuerdo con la viabilidad jurídica, se procederá a derogar o modificar los actos administrativos obsoletos.
Para obtener más información, puede consultar aquí: https://www.colombiaagil.gov.co/convocatoria/convocatorias
Fuente: MinCIT





