Presunción de ingresos por control de ventas o ingresos gravados

Mediante Sentencia No. 24463 del 17 de marzo de 2022, el Consejo de Estado indicó que al momento de aplicar la presunción de ingresos por control de ventas o ingresos gravados, en los términos del artículo 758 del E.T, los días que se tendrán como hábiles corresponderán a los días laborales, esto es de lunes a sábado.
Recordemos que según lo dispuesto en el artículo en mención:
- La presunción de ingresos por control de ventas o ingresos gravados se determina realizando un control de no menos de cinco días continuos o alternados en un mismo mes, multiplicando el promedio diario de ingresos por el número de días hábiles comerciales.
De esta forma, el número de días hábiles comerciales con los que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) efectúa el cálculo de la presunción de ingresos por control de ventas o ingresos gravados se sujeta a los conocidos como días laborales.
Redacción INCP