¿Qué pasa si por error se realiza un aporte voluntario en el pago de un impuesto distrital?

Por medio del Concepto 2023IE025419O1 de 2023, la Secretaría Distrital de Hacienda (SDH) resolvió la siguiente inquietud relacionada con la devolución de aportes voluntarios:
¿Es viable devolver un aporte voluntario realizado por error involuntario en el diligenciamiento del formulario de declaración y pago de un impuesto distrital?
La SDH respondió que los aportes voluntarios se conciben como un mecanismo de solidaridad donde aquellos contribuyentes y ciudadanos que gozan de mayores ingresos pueden concurrir de manera voluntaria a la financiación de diversos proyectos. De conformidad con el Código Civil, los aportes voluntarios tienen carácter de donación gratuita e irrevocable, por lo tanto, en principio no procedería la devolución, salvo por orden expresa de un juez de la República. Aun tratándose de un error cometido en el pago del impuesto, que se entiende como falta voluntad del donante en el Código Civil, esta circunstancia, en todo caso, debe ser declarada por un juez. Así las cosas, en términos generales no es viable realizar la devolución del aporte voluntario realizado por equivocación en la liquidación y pago de los impuestos distritales.
Ver: Concepto 2023IE025419O1 de 2023 – SDH
Redacción INCP