Los beneficios fiscales no son aplicables a grupos empresariales sino a las personas jurídicas que los conforman
La legislación colombiana no reconoce el carácter de unidad fiscal a los grupos empresariales y por lo tanto no son contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios, de manera que no son titulares de beneficios tributarios, no obstante quienes sean contribuyentes de este impuesto y conformen el grupo empresarial, individualmente considerados, sí pueden acceder…
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