Régimen legal de los fondos de pensiones y cesantías
Las sociedades encargadas de administrar pensiones y cesantías tienen como objeto dicha actividad y no otra clase, de manera que las leyes colombianas como el literal b), artículo 25 del Decreto 656 de 1994 disponen que no pueden ejercer actividades características de las entidades financieras, como la concesión de créditos.
