El informe del revisor fiscal podrá ser modificado para adicionar aspectos omitidos cuando las entidades gubernamentales así lo recomienden
El CTCP señala que en relación a la modificación del dictamen del revisor fiscal, es necesario indicar que el informe del revisor sólo podrá ser modificado para adicionar aspectos omitidos cuando las entidades gubernamentales que ejercen inspección vigilancia o control, así lo recomienden, en razón a que el mismo no se ajusta a las normas…
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